Informe Final



Investigación documental y de campo

Informe Final

Legalización para el consumo recreativo a personas mayores de edad de la mariguana en el estado de Morelos



González Martínez María Esmeralda


29 de mayo del 2019




Índice.

Contenido


Introducción


Hace algunos años se debatía sobre el consumo de la mariguana, si era bueno o malo, si debería ser legal o no, únicamente en las escuelas, sin ser tema político o de la agenda pública.

Hoy en día el tema de la mariguana se ha hecho del dominio público, de tal manera que se han efectuado foros en el país sobre la legalización de la misma, tratando de efectuar de alguna forma un diagnostico participativo, que asiente las bases de una propuesta de ley, que coadyuve a subsanar los espacios jurídicos que por derecho y hasta este momento son reconocidos, pero que deben ser promovidos por vías de amparo.

Derivado que en el estado de Morelos se han promovido amparos para el consumo de dicha hierba, y se ha favorecido a los promoventes, considero, que se han generado elementos jurídicos necesarios, para que el consumo con fines recreativos, sea regularizado, de tal forma que sea aprobado en ley, y por ende reconocido de manera general para todos y no solo a las personas que interponen el recurso de amparo.

Estamos en un punto de pleno respecto de derechos humanos, por ello pienso que es el momento de avanzar en nuestro sistema normativo, así como evitar que dicha hierba continúe siendo oferta de los grupos delictivos.

Metodología

Para poder efectuar la investigación se efectuaron los siguientes instrumentos y documentales:
·         Entrevistas (10)
·         Encuestas
·         Estadisticas (a partir de encuestas)
·         Consultas en periódicos, páginas de internet, leyes
·         Programa de trabajo

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Resultados

Se efectuaron 10 encuestas con respuestas cerradas a jóvenes mayores de edad de las facultades de biología, artes y psicología de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, los resultados fueron:
















Conclusiones y recomendaciones

La mayoría de los jóvenes tiene una percepción positiva del uso recreativo de la mariguana, así como la percepción de la estigmatización del consumo de la misma.
De acuerdo a la información documental obtenida hay propuesta del ejecutivo federal para la regularización de la misma, lo cual de ser aprobada, abriría la puerta a que en los estados se tuviera que regularizar y ya no se tendría en ningún estado ni en Morelos, estar promoviendo el amparo. 
Nuestra constitución Política para los estados unidos mexicanos, es un articulado de los derechos humanos reconocidos por el Estado Mexicano, dentro de dichos, señala que serán reconocidos los derechos en los Tratados de índole internacional de los que México sea parte, en este orden de ideas, uno de los ejes rectores de las derechos humanos en el mundo y que México es parte, es la Declaración de los Derechos Humanos de 1948. La declaración establece todos los derechos que tienen los seres humanos, incluyendo la libertad, igualdad y dignidad. En el art. 26 fracción 2, se establecer el derecho al desarrollo de la personalidad humana: “2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.” (Naciones Unidas, 1948).
Derivado a lo anterior y atendiendo el consumo de la mariguana como un derecho para el desarrollo de la personalidad humana que enfrenta la criminalización (ilegalidad) y el estigma social en Morelos y el país,  se tiene el registro histórico en el año 2018 de la 1ra sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien aprobó 2 amparos reiterando por 5ta ocasión la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del consumo recreativo de mariguana, dando como resultado JUSRISPRUDENCIA AL RESPETO:  "La Primera Sala sostuvo que el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad permite que las personas mayores de edad decidan —sin interferencia alguna— qué tipo de actividades lúdicas desean realizar y protege todas las acciones necesarias para materializar esa elección" (Hernández Orozco , 2018).
Por consecuencia todo tribunal del país, incluyendo Morelos tendrá que tomar dicho criterio, sin embargo, pese a este avance, aun no se legisla al respecto, por lo que los Morelenses, tendrán que ampararse de manera individual para ser uso de este derecho.

Referencias y fuentes de consulta: 

·         FERRI, P. (09 de noviembre de 2018). El País. Obtenido de https://elpais.com/sociedad/2018/11/08/actualidad/1541703169_826334.html
·         GARCÍA ROBLES, J. (16 de Agosto de 2005). Milenio . Obtenido de https://www.milenio.com/cultura/historia-del-cannabis-en-mexico-yerba-maldita
·         Hernández Orozco , F. (31 de octubre de 2018). Expansión. Obtenido de https://expansion.mx/nacional/2018/10/31/mexico-avanza-hacia-legalizacion-de-marihuana-con-fines-recreativos
·         Naciones Unidas. (10 de 12 de 1948). ONU. Obtenido de https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/
·         Paredes, S. (14 de marzo de 2019). El sol de Cuernavaca . Obtenido de Obtienen amparos para el uso lúdico de la marihuana en Morelos: https://www.elsoldecuernavaca.com.mx/local/obtienen-amparos-para-el-uso-ludico-de-la-marihuana-en-morelos-3203849.html




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